El cristal de la pista de pádel estalló durante un partido: Santa Lucía se allana y es condenada en costas por mala fe

Indemnización obtenida (100 %)

9.730,10 €

Costas impuestas por

Mala fe


Durante un partido de pádel, nuestro cliente chocó contra uno de los cristales traseros de la pista, que se rompió en pedazos y le causó lesiones. La aseguradora de la instalación, Santa Lucía, rechazó la reclamación al día siguiente y mantuvo esa postura en reclamaciones sucesivas. Tras presentar la demanda, se allanó y pagó los 9.730,10 € reclamados. El juzgado la condenó además a los intereses del art. 20 LCS desde el accidente y, por haber actuado de mala fe, a pagar las costas.

El Tribunal de Instancia de Santa Fe condena a la aseguradora a pagar el 100 % de lo reclamado, los intereses del art. 20 LCS y las costas.

En junio de 2022, nuestro cliente jugaba un partido de pádel cuando, en un lance de juego, chocó contra uno de los cristales traseros de la pista. El cristal estalló en múltiples pedazos y le causó diversas lesiones.

Reclamamos a la aseguradora de la instalación, Santa Lucía, pocos días después del accidente. Respondió al día siguiente rechazando su responsabilidad, y mantuvo la misma postura en las reclamaciones posteriores. Presentamos demanda por 9.730,10 €.

Tras recibir la demanda, el titular de la instalación y su aseguradora se allanaron por completo y consignaron el principal, pero pidieron que no se les impusieran las costas. La sentencia, de septiembre de 2026, fue clara:

  • Estimó íntegramente la demanda y condenó a pagar 9.730,10 €.
  • Impuso los intereses del art. 20 LCS desde la fecha del accidente: el interés legal incrementado en un 50 % durante los dos primeros años y el 20 % a partir de entonces.
  • Apreció mala fe, porque la aseguradora había rechazado todas las reclamaciones previas, y la condenó a pagar las costas.

Lo que enseña este caso: allanarse tras años de negativas no libra a la aseguradora de las costas ni de los intereses de demora. Documentar bien las reclamaciones previas es lo que permite acreditar la mala fe.

Se han suprimido los datos personales y procesales del cliente y de terceros. Los resultados obtenidos en asuntos anteriores no garantizan el resultado de otros procedimientos.

Prietomoles
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