Nuestra clienta, empleada de hogar, tropezó con un desnivel causado por la falta de baldosas en un paso de peatones de Granada. Sufrió fracturas de húmero y de cadera, con prótesis total, y acabó con una incapacidad permanente total. El Ayuntamiento no respondió a la reclamación patrimonial. El juzgado declaró su responsabilidad por no reparar ni señalizar el desperfecto. Aunque apreció una concurrencia de culpas del 50 %, aceptó íntegros los días de curación y el perjuicio moral que reclamábamos. Además, con nuestra solicitud de aclaración la condena subió de 66.277,39 € a 70.169,94 €.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Granada declara la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, que ni siquiera había contestado a la reclamación.
En enero de 2019, a primera hora de la mañana, nuestra clienta cruzaba por un paso de peatones de Granada camino del trabajo. Tropezó con un desnivel causado por la falta de varias baldosas en el borde de la acera, un deterioro derivado de las obras del Metro que nadie había reparado ni señalizado. Sufrió una fractura de húmero y una fractura de cadera que obligó a colocarle una prótesis total. Tardó 396 días en estabilizarse y el INSS le reconoció una incapacidad permanente total para su profesión de empleada de hogar.
Presentamos reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Ayuntamiento, que no respondió. Interpusimos recurso contencioso-administrativo frente al Ayuntamiento, su aseguradora y la empresa de mantenimiento, con acta notarial, informe pericial de arquitecto técnico, pericial médica y testigos.
La sentencia, de septiembre de 2023, nos dio la razón en lo esencial:
- En un paso de peatones el estándar de seguridad exigible a la Administración es mayor.
- Los propios informes municipales reconocían el mal estado de la acera, y el Ayuntamiento no lo reparó ni lo señalizó.
- Se aceptaron íntegros los días de curación que reclamábamos y el perjuicio moral pedido en la demanda (40.000 €), además del lucro cesante por la incapacidad.
- El juzgado apreció una concurrencia de culpas del 50 %, porque el desperfecto era visible.
La sentencia fijó una condena de 66.277,39 €. Detectamos que en la suma se había omitido el perjuicio estético y pedimos la aclaración. Por auto de octubre de 2023, el juzgado corrigió el error y elevó la condena a 70.169,94 €, más intereses.
La noticia también se publicó en el diario IDEAL: Granada paga 70.169 euros a una mujer por tropezar en unas obras.